El Congreso respalda desalojar a los okupas en 24 horas: qué cambia para el propietario (de momento, nada)
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El Congreso respalda desalojar a los okupas en 24 horas: qué cambia para el propietario (de momento, nada)

Arseny Berzins · Co-Founder, Bravos Estate·

El 10 de septiembre de 2026 el Congreso de los Diputados aprobó una moción del Partido Popular que insta al Gobierno a hacer posible el desalojo de los ocupantes ilegales, los okupas, en un plazo de 24 a 48 horas. El PSOE se abstuvo, Sumar votó en contra, Vox votó a favor, y Junts y el PNV votaron a favor o se abstuvieron según el punto. Es una moción, un mandato político al Ejecutivo. No es una ley, no tiene fecha de entrada en vigor y no cambia lo que un policía o un juez pueden hacer mañana por la mañana.

Para un comprador extranjero el voto importa por otro motivo: muestra dónde se sitúa la mayoría parlamentaria en este asunto y mantiene la presión sobre una proposición de ley aparte que sí cambiaría la norma. A continuación, qué se votó, qué se aplica ya y qué hacer al respecto como propietario.

Qué pide la moción

  • Desalojo de los ocupantes ilegales en un plazo máximo de 24 a 48 horas.
  • Derogación de la Ley de Vivienda de 2023, por sus «efectos negativos» sobre la oferta.
  • Reforma de la Ley del Suelo para agilizar la salida al mercado de suelo edificable.
  • Rebaja del IVA de la vivienda de obra nueva del 10% al 4%.
  • Avales públicos para hipotecas con plazos de hasta 40 años.
  • Trámites urbanísticos más sencillos para la nueva vivienda.

El Gobierno no respaldó ninguno de estos puntos. Todos obtuvieron, aun así, mayoría en la Cámara. Fuente: pleno del Congreso de los Diputados del 10 de septiembre de 2026, según idealista/news y Forbes España.

Moción frente a ley. Una moción aprobada en el Congreso insta al Gobierno a actuar. No le obliga. Solo una ley aprobada por las dos Cámaras y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) cambia lo que ocurre en una vivienda. Lea la cifra de las 24 horas como el objetivo que quiere la mayoría actual, no como un plazo que exista.

Qué se aplica ya hoy

La norma que rige una ocupación en 2026 es la Ley Orgánica 1/2025, en vigor desde el 3 de abril de 2025. Llevó el allanamiento y la usurpación a los juicios rápidos penales, con un objetivo de unos 15 días hasta la vista, e invirtió la carga de la prueba: el propietario acredita la titularidad y es el ocupante quien debe probar que tiene derecho a estar allí. Los juzgados siguen saturados y un juez puede suspender el desalojo cuando los ocupantes son realmente vulnerables, así que los 15 días son un objetivo, no una promesa. Pero el proceso se mide ahora en semanas, no en los dos años que antes eran habituales.

La foto completa, incluidos el mito de las 48 horas, el mito del empadronamiento y cómo se producen realmente las ocupaciones, está en nuestra guía Okupas en España: mitos y realidades.

La proposición de ley que sí podría cambiar la norma

Al margen de la moción, la proposición de ley antiokupa del Partido Popular fue tomada en consideración por el Congreso el 19 de mayo de 2026, con la abstención del PNV y de Junts. Ahora está en fase de comisión. Ese texto, si lo aprueban las dos Cámaras, es el vehículo que convertiría las «24 horas» en un procedimiento legal; la moción del 10 de septiembre es un respaldo político, no un sustituto. No hay calendario, y el Gobierno no ha dicho que vaya a apoyar la proposición.

Cuál es el riesgo real en la costa

En 2024 se registraron en España 16.426 denuncias por ocupación, unas 45 al día, sobre un parque de aproximadamente 26 millones de viviendas. Es del orden del 0,06% de las viviendas en un año. Más del 40% de los casos se concentran en Cataluña y, en el conjunto del país, la gran mayoría afecta a inmuebles vacíos o en manos de los bancos en barrios urbanos concretos. Una urbanización cerrada en la Costa Blanca o la Costa del Sol, con vecinos, comunidad y alarma, está en el extremo de menor riesgo de esa distribución. No es cero, y por eso merece la pena dar los pasos que siguen.

Qué puede hacer hoy un propietario

  1. Que se vea que es un hogar. Alarma con contrato de central receptora, comunidad con conserje o vecinos que le conozcan, y alguien que pase a revisar la vivienda entre visita y visita.
  2. Tenga la documentación a mano. La escritura, los recibos del IBI y las facturas de suministros acreditan la propiedad en el juicio rápido. La carga de la prueba del ocupante empieza donde acaba su documentación.
  3. Actúe en las primeras 48 horas. Aunque la «regla de las 48 horas» es un mito jurídico, denunciar la entrada de inmediato importa en la práctica: la policía trata un allanamiento reciente de forma muy distinta a una ocupación consolidada.
  4. Abogado, no cerrajero. Cambiar la cerradura a los ocupantes o cortarles los suministros puede convertir al propietario en denunciado. Es un abogado quien presenta la denuncia que pone en marcha el reloj del juicio rápido.
  5. Si alquila la vivienda, hágalo con contrato escrito y comprobación de identidad; muchos de los conflictos que los propietarios llaman «okupas» son en realidad inquilinos que han dejado de pagar, un procedimiento distinto y más lento. Nuestra guía sobre alquilar una vivienda en España trata la parte contractual.

Qué significa esto para un comprador

Nada de lo votado el 10 de septiembre debería cambiar una decisión de compra. El marco legal en el que se apoya un comprador es el de abril de 2025, y ya favorece al propietario. Lo que sí muestra el voto es que la dirección política va hacia desalojos más rápidos, no más lentos, sea cual sea el partido que saque adelante la próxima reforma. Si está valorando una compra en la costa y los okupas son la preocupación que le frena, la respuesta honesta es que el riesgo es pequeño, se concentra en otras zonas y se gestiona con los pasos anteriores.

Actualizaremos este artículo si la proposición de ley antiokupa llega a votación.

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