España vota el 29 de noviembre: qué suponen las elecciones para quien compra vivienda
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España vota el 29 de noviembre: qué suponen las elecciones para quien compra vivienda

Arseny Berzins · Co-Founder, Bravos Estate·

España celebrará elecciones generales el 29 de noviembre de 2026. Para quien compra vivienda, hoy no ha cambiado nada. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció los comicios el 5 de octubre, tres días después de que el Congreso rechazara los dos decretos de vivienda de su Gobierno. Los impuestos de compra son los mismos que la semana pasada, el IVA del 10 % previsto para los alquileres vacacionales de corta duración no llegará a aplicarse y la proposición de ley del impuesto del 100 % a los compradores de fuera de la UE caduca con la disolución de las Cortes.

A continuación: por qué se han convocado elecciones, qué habrían cambiado los decretos rechazados, qué pasa con el impuesto del 100 %, qué normas se aplican hoy a los compradores y qué conviene seguir hasta el día de las elecciones. Iremos actualizando este artículo a medida que avance la campaña.

Por qué vota España: la caída de los decretos de vivienda

FechaHecho
29 de septiembre de 2026El Consejo de Ministros aprueba dos reales decretos-leyes de vivienda (RDL 26/2026 y RDL 27/2026)
30 de septiembre de 2026Ambos se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE); en vigor desde el 1 de octubre
2 de octubre de 2026El Congreso no convalida ninguno de los dos decretos: PP, Vox y Junts votan en contra
5 de octubre de 2026Sánchez anuncia un adelanto electoral
Principios de octubre de 2026Disolución de las Cortes por real decreto; caducan todas las iniciativas pendientes en el Congreso
29 de noviembre de 2026Elecciones generales

Un real decreto-ley entra en vigor de inmediato, pero el Congreso debe convalidarlo en un plazo de 30 días. Si la votación no sale adelante, el decreto queda derogado. Eso es lo que les ocurrió a los dos textos el 2 de octubre.

Qué habrían cambiado los decretos rechazados

El decreto más amplio, el RDL 26/2026, recogía las medidas fiscales que afectaban a los propietarios. Todas tenían una fecha de inicio que aún no había llegado, así que ninguna llegó a cobrarse:

  • IVA del 10 % en los alquileres de corta duración. A partir del 1 de diciembre de 2026, el alquiler de viviendas amuebladas por estancias de hasta 30 noches habría dejado de estar exento de IVA y habría tributado al 10 %, salvo que se tratara de la vivienda habitual del propietario (artículo 7).
  • Recargo del IBI sobre las viviendas de uso turístico. En las zonas de mercado residencial tensionado, los ayuntamientos habrían podido aplicar un recargo de hasta el 50 % en el IBI anual de las viviendas turísticas registradas, de hasta el 100 % a los propietarios de dos o más y de hasta el 150 % a los de cuatro o más (artículo 8).
  • Recargo del IBI sobre las viviendas vacías de larga duración. Entre el 50 % y el 100 % para las viviendas desocupadas sin causa justificada durante más de dos años. Las segundas residencias se consideraban expresamente justificadas hasta cuatro años de desocupación continuada (artículo 8).
  • Límites a las compras con descuento por parte de empresas. Las entidades cuya actividad incluye la adquisición de inmuebles no habrían podido comprar viviendas, hasta finales de 2028, por menos del 70 % de su valor de tasación (artículo 1). La medida no afectaba a los particulares.

El segundo decreto, el RDL 27/2026, regulaba los contratos de alquiler de larga duración de vivienda habitual. Ninguno de los dos incluía medidas dirigidas a compradores extranjeros o no residentes.

Qué pasa con el impuesto del 100 % a compradores extranjeros

El impuesto del 100 % a los compradores no residentes de fuera de la UE se anunció en enero de 2025 y el PSOE lo registró como proposición de ley en el Congreso en mayo de 2025. Nunca llegó a debatirse. Según el artículo 207 del Reglamento del Congreso, al disolverse las Cortes caducan todas las iniciativas pendientes, sea cual sea su fase de tramitación. Con la disolución por las elecciones del 29 de noviembre, el impuesto del 100 % deja de existir también como proposición: en la próxima legislatura habría que presentarla de nuevo desde cero. Los compradores residentes en la UE nunca estuvieron afectados. En nuestra historia completa del impuesto del 100 % explicamos qué se proponía y a quién habría afectado.

Incluso en su redacción original, el impuesto no se habría aplicado a la obra nueva comprada directamente a promotor, porque esas operaciones tributan por IVA y no por ITP. Consulte nuestra guía para comprar obra nueva en España.

Qué se aplica hoy a los compradores

1. Los impuestos de compra no cambian

La vivienda de segunda mano tributa por el impuesto autonómico de transmisiones patrimoniales (ITP): el 9 % en la Comunitat Valenciana (el 11 % por encima de 1 millón de euros), el 8 % en la Región de Murcia y el 7 % en Andalucía. La obra nueva comprada a promotor paga un 10 % de IVA más el impuesto autonómico de actos jurídicos documentados (AJD). Ninguno de los dos decretos tocaba estos tipos. En nuestra guía de impuestos sobre la vivienda en España se detallan todos los impuestos para residentes y no residentes.

2. Las cuentas del alquiler vacacional siguen igual

Si compra para alquilar a turistas, el IVA del 10 % y los recargos del IBI ya no están sobre la mesa. Lo que debe tener en cuenta siguen siendo la licencia turística autonómica y las limitaciones municipales, que fija cada comunidad autónoma y cada ayuntamiento, no estos decretos. Consulte nuestra guía para alquilar una vivienda en España.

3. Cualquier norma nueva necesitaría una nueva mayoría

Cualquier nuevo impuesto o restricción para los compradores necesitaría un Gobierno dispuesto a proponerlo y una mayoría en el Congreso que lo aprobara, justo lo que no consiguieron los decretos de septiembre. Hasta que se forme un nuevo Gobierno después del 29 de noviembre, las normas descritas aquí siguen en vigor.

Si quiere saber qué encaja en su presupuesto con las normas vigentes hoy, solicite una selección personalizada.

Cómo han evolucionado las normas para compradores extranjeros desde 2025

FechaQué pasóSituación actual
13 de enero de 2025El Gobierno anuncia un impuesto de hasta el 100 % a los compradores no residentes de fuera de la UESolo un anuncio
3 de abril de 2025Se suprime la Golden Visa (visado de oro) por inversión inmobiliariaEn vigor. Alternativas
23 de mayo de 2025El PSOE registra en el Congreso la proposición de ley del impuesto del 100 %Nunca se debatió; caduca con la disolución de las Cortes
30 de septiembre de 2026Decretos de vivienda: IVA en alquileres de corta duración, recargos del IBIRechazados el 2 de octubre
29 de noviembre de 2026Elecciones generalesPendiente

Qué seguir hasta el 29 de noviembre

Los partidos suelen publicar sus programas completos al arrancar la campaña. Actualizaremos este artículo con lo que propone cada uno de los principales partidos en materia de vivienda y compradores extranjeros, citando sus propios documentos, en cuanto se publiquen, y de nuevo tras conocerse el resultado.

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